REFORMAS A LA LOSEP Y SU REGLAMENTO: ¿QUÉ DEBEN TENER EN CUENTA LOS GAD?
- Gobernanza Local
- 25 jun
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Contexto:
📅 Junio de 2025 marcó un cambio importante en la normativa del servicio público con la publicación de dos cuerpos normativos clave:
🔹 La Ley Orgánica Reformatoria para Garantizar los Derechos Laborales de Personas con Discapacidad, Enfermedades Raras, Huérfanas, Catastróficas y de Alta Complejidad y sus Sustitutos (Registro Oficial Suplemento N.º 64, 20 de junio de 2025).
🔹 El Decreto Ejecutivo N.º 36, que reforma el Reglamento General a la LOSEP (Registro Oficial Suplemento N.º 63, 19 de junio de 2025).
Ambas normas impactan directamente en la gestión de talento humano de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
🔍 Principales reformas a la LOSEP (Ley Orgánica del Servicio Público)
1. Estabilidad reforzada en nombramientos provisionales (artículo 1)
Los nombramientos provisionales para personas con discapacidad; personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad; mujeres embarazadas, con permiso de maternidad o lactancia, no podrán ser cesados salvo por causales expresas previstas en la ley.
Esta disposición también aplica a sus sustitutos y no requiere acreditación previa salvo para el registro de sustituto.
2. Nuevas prohibiciones relacionadas con acoso laboral discriminatorio (artículo 2)
Se incorpora una prohibición a las y los servidores públicos, por la cual se impide atentar contra los derechos de cualquier servidor de la institución mediante coacción, acoso o agresión, incluyendo el acoso por motivos de discapacidad o condiciones de salud, manifestado en conductas de hostigamiento, intimidación, humillación, desprecio o amenaza para obligar a una persona a renunciar o limitar sus tratamientos médicos.
3. Licencias médicas ampliadas (artículo 3).
Servidores públicos con discapacidad, enfermedad rara, huérfana, catastrófica y alta complejidad tienen derecho a licencia con goce de remuneración por todo el tiempo necesario para su tratamiento, sin afectar vacaciones. Además, se garantiza el reintegro automático en casos de tratamiento fuera del territorio, como ocurre con residentes en Galápagos.
4. Contrataciones ocasionales (artículo 4)
Se exceptúa del régimen relacionado con el porcentaje de contratos de servicios ocasionales que pueden contratarse en una institución, a las personas con enfermedades raras, huérfanas, catastróficas, de alta complejidad y sus sustitutos; y a mujeres embarazadas. Esto no otorga estabilidad, pero permite vinculación directa en ciertos casos.
📝 Reforma a la Ley Orgánica de Empresas Públicas.
Se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, estableciendo que al menos el 4% del talento humano de las empresas públicas deberá ser personal con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas de alta complejidad o sus sustitutos.
El Ministerio del Trabajo efectuará el control del cumplimiento de esta disposición. El informe del ente rector del trabajo será puesto en conocimiento del Directorio de la empresa pública para que dispongan medidas correctivas, de ser el caso.
📝 Reforma al COOTAD.
Se reforma el artículo 360 aclarando que la administración del talento humano en los GAD será autónoma, pero sujeta a la LOSEP y a las ordenanzas propias. Esto implica que los GAD deben ajustar sus normativas internas para aplicar estas disposiciones de forma armónica.
🛠️ Reforma al Reglamento de la LOSEP (Decreto Ejecutivo N.º 36)
1. Contratación de seguros privados.
Se autoriza la contratación de seguros privados de vida para personal de las instituciones del Estado en actividades de peligro. Sin embargo, se prohíbe expresamente el uso de fondos públicos para seguros privados de salud.
Además, se establece la obligación del Estado de contratar seguros de salud por viaje internacional con cobertura total, para los servidores o trabajadores públicos que viajen en comisión de servicios al exterior, salvo que el financista del viaje cubriere este valor.
🧭 ¿Qué deben hacer los GAD?
✅ Revisar su normativa interna sobre talento humano.
✅ Ajustar los procedimientos de contratación para cumplir con la estabilidad reforzada.
✅ Incorporar programas de salud ocupacional y revisar los seguros contratados.
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