LEY CONTRA LA DISCRIMINACIĆN POR EDAD: ĀæQUĆ DEBEN HACER LOS GAD?
- Gobernanza Local
- 19 may 2025
- 2 Min. de lectura

Contexto:
La Asamblea Nacional aprobó y publicó en el Registro Oficial la Ley OrgÔnica Reformatoria a varias leyes respecto de la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, que modifica disposiciones clave del Código de Trabajo, la Ley OrgÔnica del Servicio Público (LOSEP) y otras normas laborales. Esta ley tiene implicaciones directas para los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), como empleadores del sector público y como contratantes en el sistema de compras públicas.
š„ Puedes revisar el texto completo en el Registro Oficial aquĆ: š§¾
āļø ĀæQuĆ© cambia con esta ley?
La reforma busca prevenir, sancionar y erradicar la discriminación por edad en el acceso, permanencia, promoción y salida del trabajo. Entre sus ejes principales estÔn:
šø Prohibición de restricciones de edad en ofertas laborales pĆŗblicas y privadas.
šø Inclusión obligatoria de personas mayores de 40 aƱos en nóminas.
šø Sanciones por despido o discriminación laboral por edad.
šø PolĆticas de acción afirmativa en entidades pĆŗblicas y universidades.
šø Capacitación obligatoria para prevenir discriminación por edad.
šļø ĀæQuĆ© obligaciones tienen los GAD?
En su calidad de empleadores pĆŗblicos, los GAD deben cumplir con los siguientes mandatos:
ā Eliminar restricciones de edad en convocatorias, concursos y ofertas laborales.
š (LOSEP, Art. 23, literal s reformado)
ā Garantizar igualdad de trato en acceso, capacitación, ascensos y permanencia en el cargo, sin discriminación por edad.
š (LOSEP, Art. 23, literales t, u, v nuevos)
ā Prevenir y sancionar el acoso o violencia laboral por razones de edad, a travĆ©s de sus unidades de talento humano.
š (LOSEP, Art. 24.1 nuevo)
ā Evitar prĆ”cticas de jubilación obligatoria automĆ”tica por edad, especialmente en universidades o Ć”reas tĆ©cnicas.
š (LOSEP, Art. 81, Ćŗltimo inciso)
ā Capacitar continuamente a su personalĀ en prevención de discriminación, violencia y acoso laboral por edad.
š (LOSEP, Art. 23, literal v)
š§¾ En el sistema de compras pĆŗblicas.
Los GAD que contratan bienes, obras o servicios deben dar prioridad a la mano de obra local registrada en el programa de empleo del Ministerio de Trabajo, lo cual promueve la inserción laboral de personas mayores de 40 años.
š (LOSNCP, nuevo Art. 25.3)
š ĀæQuĆ© deben revisar los gobiernos locales?
š¹ Convocatorias, requisitos y formatos de concursos de mĆ©ritos y oposición.
š¹ Reglamentos internos de talento humano.
š¹ Protocolos de prevención y sanción de discriminación laboral.
š¹ Programas de capacitación interna.
š¹ PrĆ”cticas de contratación externa con proveedores.
š”ļø ĀæCómo puede ayudarte Gobernanza Local Ec?
Ofrecemos asesorĆa especializada para:
ā Adecuar normativa interna a la nueva ley.
ā Diagnosticar riesgos de discriminación laboral por edad.
ā Implementar protocolos y planes de capacitación institucional.
ā Alinear procesos de contratación pĆŗblica con criterios de inclusión.
š² ContĆ”ctanos:
šµ @ec_local en X
