LEY CONTRA LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD: ¿QUÉ DEBEN HACER LOS GAD?
- Gobernanza Local

- 19 may
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Contexto:
La Asamblea Nacional aprobó y publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica Reformatoria a varias leyes respecto de la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, que modifica disposiciones clave del Código de Trabajo, la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) y otras normas laborales. Esta ley tiene implicaciones directas para los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), como empleadores del sector público y como contratantes en el sistema de compras públicas.
📥 Puedes revisar el texto completo en el Registro Oficial aquí: 🧾
⚖️ ¿Qué cambia con esta ley?
La reforma busca prevenir, sancionar y erradicar la discriminación por edad en el acceso, permanencia, promoción y salida del trabajo. Entre sus ejes principales están:
🔸 Prohibición de restricciones de edad en ofertas laborales públicas y privadas.
🔸 Inclusión obligatoria de personas mayores de 40 años en nóminas.
🔸 Sanciones por despido o discriminación laboral por edad.
🔸 Políticas de acción afirmativa en entidades públicas y universidades.
🔸 Capacitación obligatoria para prevenir discriminación por edad.
🏛️ ¿Qué obligaciones tienen los GAD?
En su calidad de empleadores públicos, los GAD deben cumplir con los siguientes mandatos:
✅ Eliminar restricciones de edad en convocatorias, concursos y ofertas laborales.
📌 (LOSEP, Art. 23, literal s reformado)
✅ Garantizar igualdad de trato en acceso, capacitación, ascensos y permanencia en el cargo, sin discriminación por edad.
📌 (LOSEP, Art. 23, literales t, u, v nuevos)
✅ Prevenir y sancionar el acoso o violencia laboral por razones de edad, a través de sus unidades de talento humano.
📌 (LOSEP, Art. 24.1 nuevo)
✅ Evitar prácticas de jubilación obligatoria automática por edad, especialmente en universidades o áreas técnicas.
📌 (LOSEP, Art. 81, último inciso)
✅ Capacitar continuamente a su personal en prevención de discriminación, violencia y acoso laboral por edad.
📌 (LOSEP, Art. 23, literal v)
🧾 En el sistema de compras públicas.
Los GAD que contratan bienes, obras o servicios deben dar prioridad a la mano de obra local registrada en el programa de empleo del Ministerio de Trabajo, lo cual promueve la inserción laboral de personas mayores de 40 años.
📌 (LOSNCP, nuevo Art. 25.3)
📌 ¿Qué deben revisar los gobiernos locales?
🔹 Convocatorias, requisitos y formatos de concursos de méritos y oposición.
🔹 Reglamentos internos de talento humano.
🔹 Protocolos de prevención y sanción de discriminación laboral.
🔹 Programas de capacitación interna.
🔹 Prácticas de contratación externa con proveedores.
🛡️ ¿Cómo puede ayudarte Gobernanza Local Ec?
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✅ Adecuar normativa interna a la nueva ley.
✅ Diagnosticar riesgos de discriminación laboral por edad.
✅ Implementar protocolos y planes de capacitación institucional.
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