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¿Pueden los GAD crear Consejos Provinciales o Cantonales de Salud?


Contexto:

Un reciente pronunciamiento del Procurador General del Estado ha aclarado un tema clave en materia de competencias, descentralización y salud pública:

👉 ¿Los Gobiernos Autónomos Descentralizados pueden implementar Consejos Provinciales o Cantonales de Salud?


La respuesta no es uniforme y depende del nivel de gobierno.


📌 El origen de la consulta.


El Consejo Nacional de Salud consultó a la Procuraduría si, a la luz de la Constitución de 2008, el COOTAD y la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud, resultaba procedente la aplicación e implementación de Consejos Provinciales y Cantonales de Salud por parte de los GAD.


El análisis incluyó criterios jurídicos de la AME y del CONGOPE, así como una revisión integral del régimen constitucional de competencias. 


⚖️ ¿Qué dice la Constitución sobre la salud?


El criterio parte de una premisa fundamental:


  • La salud es un derecho y su tutela es una obligación del Estado en su conjunto.

  • Sin embargo, la rectoría, planificación, regulación y control del Sistema Nacional de Salud corresponden exclusivamente al Gobierno Central, a través del Ministerio de Salud Pública.


Esto tiene consecuencias directas sobre lo que pueden —y no pueden— hacer los GAD.


🚫 GAD provinciales: sin competencia en salud.


El Procurador es claro:


  • Los GAD provinciales no tienen competencia constitucional ni legal en materia de salud.

  • En consecuencia, no están facultados para crear ni implementar Consejos Provinciales de Salud.

  • Cualquier intento en ese sentido vulneraría el principio de juridicidad administrativa y el sistema constitucional de distribución de competencias.


Además, se advierte que la normativa que preveía estos consejos es previa a la Constitución vigente y quedó desplazada por el nuevo orden constitucional y el COOTAD. 


✅ GAD cantonales: competencia condicionada.


El criterio es distinto para los GAD municipales y metropolitanos:


✔️ Sí pueden implementar Consejos Cantonales de Salud, pero bajo condiciones claras:


  • Tienen competencia para planificar, construir y mantener infraestructura y equipamiento de salud.

  • Esta competencia no es autónoma ni discrecional.

  • Requiere autorización previa del ente rector (MSP) y debe ejercerse mediante convenios.


En otras palabras, se trata de una gestión concurrente, subordinada a la rectoría nacional en salud. 


🏛️ Una advertencia clave para la gestión local.


El Procurador también advierte sobre los riesgos institucionales de crear estructuras sin competencia:


  • Duplicación innecesaria de organismos.

  • Ineficiencia administrativa.

  • Posibles conflictos de competencias.

  • Vulneración del modelo de descentralización previsto en la Constitución.


Este criterio es obligatorio para toda la Administración Pública y debe ser considerado por alcaldes, concejales, procuradores síndicos y equipos técnicos al momento de diseñar políticas locales en salud.



🤝 ¿Cómo te podemos ayudar desde Gobernanza Local Ec?


Desde Gobernanza Local Ec acompañamos a los Gobiernos Autónomos Descentralizados y a sus equipos técnicos para evitar riesgos jurídicos y fortalecer una gestión local ajustada al marco constitucional vigente.


En particular, podemos apoyarte en:


  • 📌 Análisis de competencias en materia de salud, participación ciudadana y políticas sociales, conforme a la Constitución y el COOTAD.

  • 📑 Revisión jurídica de ordenanzas, resoluciones y actos administrativos, para verificar su viabilidad competencial.

  • 🏛️ Diseño institucional de mecanismos de coordinación y participación, evitando duplicación de estructuras y conflictos de atribuciones.

  • 🤝 Asesoría en la estructuración de convenios con el Ministerio de Salud Pública, cuando exista gestión concurrente en infraestructura o equipamiento de salud.

  • 🎓 Capacitaciones para autoridades, concejales y equipos técnicos, sobre descentralización, competencias y gobernanza local.


Nuestro enfoque combina rigor jurídico, criterios vinculantes actualizados y aplicabilidad práctica para la toma de decisiones en el territorio.


📩 Si tu GAD enfrenta dudas sobre competencias o implementación de políticas públicas, conversemos.


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