
BUSCADOR DE PRECEDENTES (TCE)
Nuestro buscador te permite identificar pronunciamientos del Tribunal Contencioso Electoral para desarrollar de manera adecuada tu estrategia jurídica en la tramitación de denuncias de remoción de autoridades locales. Encuentra todos los pronunciamientos del Tribunal sistematizados bajo criterios que facilitan la identificación de argumentos que fortalecerán tu defensa en procesos de remoción.
34.
083-2017-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Logroño
Fecha:
24 de julio de 2017
No se pronuncia, por no ser competente.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Designación Vicealcalde; normativa cantonal.
Argumentación:
- La Vicealcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Logroño solicita al Tribunal se deje sin efecto la normativa emitida por el Concejo Municipal en la que regula el mecanismo de designación del vicealcalde del cantón, así como el procedimiento de elección del nuevo vicealcalde.
- Al respecto, el Tribunal Contencioso Electoral señala que no se trata sobre una consulta de formalidades en un proceso de remoción, por lo que no se pronuncia e inadmite por falta de competencia.
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32.
080-2017-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Caluma
Fecha:
27 de junio de 2017
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Alcalde; Competencia para calificar la denuncia; Comisión de Mesa.
Argumentación:
- Una vez recibida la denuncia, el Vicealcalde la pone en conocimiento del Concejo, el cual resuelve que “se dé inicio al procedimiento de remoción”, situación que no está prevista en el proceso establecido en el COOTAD.
- La competencia para admitir o no una denuncia es exclusiva de la Comisión de Mesa, que es el órgano al que le corresponde la sustanciación del proceso hasta la sesión en la que se decide la remoción, cuya resolución le corresponde al Concejo.
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30.
001-2017-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Quinindé
Fecha:
2 de febrero de 2017
No se pronuncia, por no ser competente.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Contraloría General del Estado; Destitución.
Argumentación:
- La figura de la remoción no es igual a la de destitución por parte de la Contraloría General del Estado, la cual sigue las reglas de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado.
- La destitución corresponde una sanción por determinación de responsabilidades administrativas de la autoridad, determinada por la Contraloría General del Estado, distinto a la figura de la remoción, que es el mecanismo de control político regulado en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - COOTAD.
- El Tribunal Contencioso Electoral no se pronuncia por no ser competente, considerando que su competencia se relaciona con la revisión de las formalidades en procesos de remoción de autoridades, mas no en procesos de destitución por parte de órganos de control.
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33.
081-2017-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial del Quinche
Fecha:
24 de julio de 2017
Desecha por extemporánea.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Presidente Junta Parroquial; Consulta extemporánea.
Argumentación:
- La resolución de remoción del Presidente de la Junta Parroquial Rural se adoptó el 14 de junio de 2017, y fue notificada el 15 de junio del mismo año. Sin embargo, la consulta sobre las legalidad y cumplimiento de formalidades ante el Tribunal se presenta el 30 de junio de 2017, es decir, más allá de los 3 días que la ley prevé para el efecto, por lo que el Tribunal desecha por extemporánea la consulta.
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31.
079-2017-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Patate
Fecha:
12 de junio de 2017
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Alcalde; Reconocimiento de firma ante Secretario del Concejo y Presidente de la Comisión de Mesa; Incumplimiento de requisitos de admisibilidad; Falta de reconocimiento de firma.
Argumentación:
- La denuncia es ingresada a la Secretaría General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Patate con fecha 21 de abril de 2017, sin embargo, el reconocimiento de firma se efectúa el 25 de abril de 2017, es decir, cuatro días después, ante el Secretario del Concejo y el Presidente de la Comisión de Mesa.
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29.
061-2016-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rioverde
Fecha:
5 de diciembre de 2016
Ratifica remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Alcalde; Citación efectuada conforme derecho; Cumplimiento requisitos admisibilidad; Cumple procedimiento a cabalidad.
Argumentación:
- Se cumple a cabalidad el procedimiento previsto en el artículo 336 del COOTAD.
- Se efectuó la citación a la autoridad denunciada en persona, de conformidad con una de las modalidades previstas en la ley.
- La Comisión de Mesa proveyó las pruebas requeridas por las partes dentro del término probatorio, a través de resolución.
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