
BUSCADOR DE PRECEDENTES (TCE)
Nuestro buscador te permite identificar pronunciamientos del Tribunal Contencioso Electoral para desarrollar de manera adecuada tu estrategia jurídica en la tramitación de denuncias de remoción de autoridades locales. Encuentra todos los pronunciamientos del Tribunal sistematizados bajo criterios que facilitan la identificación de argumentos que fortalecerán tu defensa en procesos de remoción.
16.
007-2016-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial de Sevilla Don Bosco
Fecha:
14 de marzo de 2016
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Presidente Junta Parroquial Rural; Mayoría requerida para remoción en gobiernos parroquiales.
Argumentación:
- El artículo 67, letra l) del COOTAD establece que las Juntas Parroquiales pueden remover a sus Presidentes o Vocales con el voto de al menos cuatro de cinco miembros, sin embargo, en el expediente se verifica que para la remoción del Presidente se contó únicamente con tres votos, por lo que la resolución carece de eficacia jurídica.
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14.
002-2016-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Muisne
Fecha:
23 de febrero de 2016
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Alcalde; Error en la citación; Nulidad por error en la citación.
Argumentación:
- La citación es una solemnidad sustancial que debe efectuarse de acuerdo con las formas procesales previstas en la legislacion.
- En este caso si no se pudo realizar la citación de manera personal, la ley determina que puede hacerse por medio de tres boletas que se entregarán en días distintos en el domicilio o en la residencia a cualquier persona; y, en caso de que no se encuentre persona alguna se la fije en la puerta del lugar de habitación, sin embargo, la citación no se efectuó conforme lo prevé la legislación, por lo que esto produce la ineficacia jurídica de todo acto posterior en el proceso de remoción.
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12.
123-2015-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Muisne
Fecha:
12 de enero de 2016
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Alcalde; No existe constancia de denuncia y expediente.
Argumentación:
- Secretario del Concejo señala que no ha recibido la denuncia de remoción y certifica que el expediente no reposa en los archivos d ela Secretaría.
- En tal sentido, no existe constancia procesal de la denuncia presentada contra el Alcalde, la cual fue aceptada por las y los concejales del Municipio.
- La falta de recepción y tramitación de la denuncia es corroborada por el Secretario titular del Concejo, por lo que se dejó en indefensión al Alcalde, siendo un proceso que carece de eficacia y validez jurídica.
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15.
004-2016-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial de Quingue
Fecha:
23 de febrero de 2016
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Vocal Junta Parroquial; Incumplimiento requisitos admisibilidad; Falta reconocimiento firma; Falta documentación de respaldo.
Argumentación:
- Se constata del expediente que a la fecha de presentación de la denuncia no se adjuntó el reconocimiento de firma correspondiente, ni la documentación de respaldo pertinente, por lo que no se cumplieron con los requisitos para la admisibilidad de la denuncia presentada.
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13.
001-2016-TCE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui
Fecha:
26 de enero de 2016
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Alcalde; Incumplimiento requisitos admisibilidad; Domicilio denunciante; Pruebas fuera de término; Principio de contradicción pruebas; Principio de oposición a la prueba; Error en la convocatoria; Precedente que fija regla; Copias simples carecen valor probatorio.
Argumentación:
- Si bien “cualquier persona” puede interponer la denuncia, este elemento se vincula a otros para su admisibilidad, entre ellos, la determinación del domicilio para establecer la correlación de la persona que ejerce su derecho de participación a través del mecanismo de remoción frente a la democracia representativa plasmada en la autoridad elegida por votación popular.
- Define regla sobre denunciantes: solo pueden formular denuncias de remoción personas domiciliadas en la jurisdicción de la autoridad denunciada. En este caso, se constata que la denunciante tiene un domicilio distinto al cantón de la autoridad denunciada.
- A la denuncia se adjuntaron como documentos de respaldo copias simples que “conforme los principios procesales del derecho (…) carecen de eficacia jurídica y no hacen fe tanto en juicio cuanto en un proceso administrativo”.
- Se constata que la Comisión de Mesa proveyó pruebas fuera del término legal, generando inseguridad jurídica en las partes. Así mismo, las pruebas fueron incorporadas al proceso sin notificación a la contraparte, incumpliéndose con principio de oposición a la prueba.
- No existe constancia procesal de la notificación al denunciado con el cambio de hora y lugar señalados en la convocatoria para que ejerza derecho a la defensa.
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11.
115-114-2015-TCE (Acumulada)
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Balzar
Fecha:
27 de octubre de 2015
Revoca remoción.
Decisión del TCE:
Palabras clave:
Remoción Concejales; Remoción Vicealcalde; Ilegal convocatoria a Sesión de Concejo.
Argumentación:
- Denuncia contra Vicealcalde y Concejal dirigida a integrante de la Comisión de Mesa.
- Integrante de la Comisión de Mesa dispone convocatoria a Concejo, sin ser su atribución, pues esto le corresponde al Alcalde, por lo que se excusa la Secretaria.
- Esto deriva en invalidez de la convocatoria efectuada por la integrante de Mesa.
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